martes, 8 de octubre de 2013

ANTECEDENTES JUDICIALES EN COLOMBIA

ANTECEDENTES JUDICIALES........... ¿UN DOLOR DE CABEZA INCLUSO A LA HORA DE APLICAR PARA UNA OFERTA DE TRABAJO?


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Si al revisar sus antecedentes judiciales le aparece la leyenda “ACTUALMENTE NO ES REQUERIDO POR AUTORIDAD JUDICIAL ALGUNA” y no " NO TIENE ASUNTOS PENDIENTES CON LAS AUTORIDADES JUDICIALES", se puede deducir fácilmente de ello que usted tuvo o tiene reportes negativos por infracciones a la ley penal, lo cual puede ser también visto por parte de algún futuro empleador que consulte dicha base de datos, lo cual puede generarle un rechazo infundado a sus pretensiones laborales.

hace pocos días,  a una amiga que fue preseleccionada por sus capacidades personales y profesionales para ocupar un cargo en la multinacional "La Polar"; se le informo verbalmente y en baja voz, que su contratación no era posible, ya que al consultar sus antecedentes judiciales, registraba presuntamente, problemas con la justicia y que debía solucionar dicha situación pues en esas condiciones vería su campo laboral reducido al máximo.

Al recibir la consulta, nos dimos a la tarea de investigar a fondo el caso planteado, encontrándonos con que en efecto, y pese a que se trataba de una penosa experiencia ya superada hace mas de 8 años, el Departamento Administrativo de Seguridad DAS hoy en supresión, no tramitó en debida forma (o no recibió para su trámite) la comunicación correspondiente, de que la encartada ya había pagado su deuda con la sociedad; y sin embargo continuaba sometida al escarnio publico.

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura tuteló los derechos de una ciudadana que buscaba que se excluyeran los antecedentes penales que le aparecían registrados en el certificado judicial, expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS. 

El máximo Tribunal Disciplinario señaló que en este caso la extinción de la pena impuesta a la actora, se convierte en una obligación para que el DAS borre del reporte el registro donde se rotula que no es requerida por autoridad judicial.

La accionante fue condenada por el Juzgado 23 Penal del Circuito de Medellín a 20 meses de prisión, como responsable del delito de falsedad material de particular en documento público; luego se le concedió la ejecución condicional de la condena y posteriormente el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad declaró la extinción de la pena, por lo que desde hace siete años el expediente se encuentra archivado.

Al solicitar el certificado judicial ante el DAS, dicha entidad expidió el documento con la anotación “no es requerido por autoridad judicial”, reseña que hace referencia a las personas que algún día tuvieron antecedentes penales. Para la accionante ese rótulo impreso en el pasado judicial, vulnera su derecho al buen nombre y le impide acceder al mercado laboral.

El Consejo Superior de la Judicatura aseguró, al fallar la acción de tutela, que la permanencia de un dato donde se registran antecedentes penales tiene la potencialidad de generar una lesión ostensible a los derechos fundamentales, pues tal anotación genera consecuencias de orden jurídico para el ejercicio de otras garantías de rango constitucional.

“No le es permitido a una autoridad pública expedir información de donde se pueda inferir la existencia de datos relacionados con sanciones penales que se encuentran extintas”, precisa la sentencia de la Judicatura, con ponencia del magistrado Jorge Armando Otálora Gómez.

Al tutelar los derechos de la ciudadana, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria le ordenó al director del DAS Seccional Antioquia, expida un nuevo certificado judicial donde se excluya la información relacionada con la existencia de los antecedentes penales.

“La Sala en ningún momento cuestiona la obligación del Estado de tener en sus bases de datos los registros históricos que reflejen el comportamiento penal de los ciudadanos, pero si dicha prerrogativa estatal se analiza de cara a las garantías constitucionales y la filosofía que orienta al Estado Social de Derecho, que se funda en el respeto por la dignidad humana, no se puede permitir que la información ahí depositada carezca de un límite temporal”, enfatizó la Judicatura.

(...)"



Aprobado según Acta de Sala  No. 62 del 30 de junio de 2011
Magistrado Ponente: Doctor JORGE ARMANDO OTÁLORA GÓMEZ
Radicación No050011102000201101022  01


Origen de la noticia: BOGOTA-CUNDINAMARCA-Colombia,
Fecha de la noticia: 27-Julio-2011
Fecha última actualización: 27-Julio-2011
Fuente:
 SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA 

12 comentarios:

  1. gracias por la información muy oportuna, pero no encontré el correo electrónico para comentarles mi caso y que me ayuden.

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  2. Nuestro correo es solucioneslyj@gmail.com escríbanos y cuéntenos en confianza que problemas ha tenido con la justicia (si los ha tenido) y cual es la situación actual.

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  3. Buenas tardes, tengo mal mis datos en la base de datos y mi estado judicial aparece como que actualmente no es solicitado por ninguna autoridad judicial, mi pregunta es.. adónde debo dirigirme?, O si es posible que lo hagan ustedes en mi nombre? Un saludo y por favor un número de contacto.

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  4. Encontré una página que se llama tus datos, ahí se puede consultar toda la información asociada a la cédula incluyendo los antecedentes https://www.tusdatos.co

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  5. Hola me podrian pasar un numero telefonico para llamarlos desde argentina tengo un problemas de datos gracias

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  6. amigos buenas tardes, me sale la leyenda no es requerido por autoridad judicial alguna, que debo hacer para que me salga la otra leyenda ?
    dado que la pena ya prescribio y el juzgado declaro la prescipcion.

    muchas gracias

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  7. Buenas tardes, como me podrían colaborar con tema relacionado

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  8. me han rechazado de muchos trabajo por este tema

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  9. buen dia, solicito informacion para el manejo de este inconveniente

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  10. Tengo el mismo problema del ejemplo me podrían ayudar gracias

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